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jueves, 8 de diciembre de 2016

Declaración de Sorteo Extra!!

Estimados, les recordamos que en esta liquidación se hace la última Declaración de Sorteo Extra!

Pasos para descargar la declaración de Sorteo Extra en Orbis:
1. Ingresar con nuestro usuario en www.orbis.com
2. Click en "tu NOMBRE"
3. DECLARACIÓN DE SORTEO EXTRA
4. Seleccionar "3"
5. Imprimir y FIRMAR!
ATENCIÓN: -La declaración debe ser revisada atentamente por el vendedor, ya que de haber errores en su orbis, estos se repitirían en su Declaración de Sorteo Extra.
- Recuerden que los cambios de modalidad deben ser aprobados para que orbis los quite de la declaración.
- Aquellos que recibieron rifas nuevas a pesar de que en orbis figuran por ejemplo "en 9 cuotas", si las cuotas son de $396 cuenta como si fuera de 10 cuotas, por lo que no van a sorteo extra.
- No se aceptarán hojas con CDRs o impresiones de "Numeros de Sorteo Extra" (que son otras de nuestras opciones dentro de orbis), solamente la "Declaración de Sorteo Extra".
- La Declaración de Sorteo Extra debe ser la del 10o Sorteo del día 12 de Enero. 
- La declaración debe estar FIRMADA, les pedimos especial atención en esto último ya que una declaración sin firmar no es aceptada como válida.

- Por otro lado, siguen teniendo la posibilidad de llenar a mano la declaración sin depender de Orbis (o en caso de que se de algún error con la página):
DECLARACIÓN MANUAL DE SORTEO EXTRA (para descargar click aquí)

Articulos del Reglamento relacionados a la Declaración de Sorteo Extra:
Art. 63 – La entrega de la Declaración Jurada exigida por la Comisión Rifas, el mes previo a realizarse cada sorteo extra establecido por Arquitectura Rifa, será de carácter obligatorio para cada integrante del Grupo de Viaje.
En caso que faltara dicho documento el día en que sea exigida su entrega, se sancionará al vendedor en falta con una multa equivalente a cuatro talones de rifa. En caso que al momento del sorteo el vendedor aún no presentara el documento antes mencionado, este será sancionado nuevamente con una multa equivalente a dos talones de rifa adicionales.
En caso de constatarse algún error en la Declaración presentada, se sancionará al vendedor en falta con una multa equivalente a dos talones de rifa. Al momento de realizarse el sorteo extra, en caso que el número ganador que figurara como participante del mismo, declarado así por cualquiera de los integrantes del Grupo de Viaje, y no debiera hacerlo, será entonces responsabilidad del vendedor que hubiera incurrido en dicha falta hacerse cargo del premio otorgado en cuestión.
Art. 64 – Cualquier situación que no estuviera contemplada en el reglamento desarrollado, será evaluada por la Coordinadora teniendo en cuenta las especificaciones de cada caso en particular, decidiéndose como actuar frente al mismo.

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